Historia Provincial Malagueña

Amigos visitantes, con estas páginas que siguen pretendo dar a conocer un poco de la riquísima y variada historia del paisaje y del paisanaje de la siempre sorprendente provincia de Málaga.

Espero que les aproveche y gracias por acercarse a estas líneas.

sábado, 20 de mayo de 2017

PODER OTORGADO A D. TOMÁS HEREDIA LIVERMORE. 1876

   Que D. Tomás Heredia Livermore es una personalidad conocida en Málaga no es ninguna noticia y de sobra saben los malagueños más curiosos como fue su vida y su obra.

  Hoy, lo que vamos a contar es una simple anécdota, una curiosidad, intrascendente, si, pero que cuenta algo más acerca de este malagueño, el cual nació en la ciudad de Málaga el diecinueve de enero de 1819, hijo de Manuel Agustín Heredia Martínez y de Dª. Isabel Livermore Salas.

   Como su vida es de sobra conocida, solo diremos que al igual que su hermano Manuel, realizó Tomás estudios de carácter técnico en colegios de prestigio, tanto en Francia como en Inglaterra, destacando especialmente en la Escuela Central de París.

Partida de bautismo de D. Tomás Heredia Livermore
   Fue un gran empresario y senador del reino por dos veces, en 1860-1861 y en 1878-1879. Falleció el tres de agosto de 1893.

   El veintisiete de junio de 1876, D. José de Fontagud Gargollo otorga poder notarial a favor de D. Tomás Heredia Livermore para que en su nombre inscriba en el registro de la propiedad de Málaga una casa en la calle de la Alameda 13 y realice todas las gestiones necesarias para efectuarlo. Esto nos indica que tenía relaciones con este Fontagud, relaciones forjadas quizás por motivos comerciales o de intereses económicas. 

   Pero, ¿quien era este José de Fontagud-Gargollo y Gargollo? Pues fue hijo de un banquero de su mismo nombre. Además, fue un senador que ejerció su actividad entre el treinta de abril de 1877 y el seis de abril de 1893, siendo senador vitalicio. Era hijo de José Fontagud. Además, debía ser un rentista y propietario de los Baños de La Isabela, entre otras cosas. Contrajo matrimonio con Matilde Aguilera Gamboa, hija de los condes de Villalobos.

   Bien, pues el poder dice lo siguiente:

   En la Villa de Madrid, a veintisiete de junio de 1876----------------------------------------------

  Ante mi, D. Mariano García Sancha, Doctor en Jurisprudencia, Escribano propietario del número, Notario del Ilustre Colegio del territorio de esta Corte, vecino de la misma, y de los testigos que se expresarán, comparece----------------------
  
   El Exmo. Señor Don José de Fontagud Gargollo, de cuarenta y un años, viudo, propietario y vecino de esta Corte, número uno duplicado de la calle del Barquillo: cuyas cualidades y circunstancias, constan de su cédula personal librada por el Señor Alcalde del distrito municipal de Buenavista, con fecha trece de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, bajo el número cinco mil, trescientos setenta, al efecto exhibida, y á la que me remito-------------------------------------------------------------------

Sello notarial de un documento de la época
   Se halla, por tanto, a mi juicio con la capacidad legal necesaria, que declara no estarle limitada para solemnizar esta escritura de poder, y al efecto manifiesta--------

   Que por el presente otorga y confiere poder especial al Señor Don Tomás Heredia y Livermore, mayor de edad, casados, vecino y del comercio de la ciudad de Málaga, constituyéndole por su representante, según derecho, con as siguientes facultades-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

   Solicitar a nombre del Excelentísimo Señor compareciente, la inscripción en el Registro de la propiedad de Málaga de una casa que le pertenece en dicha ciudad y su calle de la Alameda, número catorce, por defunción de su Señor padre el Excelentísimo Señor Don José de Fontagud Gargollo; bien por medio del oportuno escrito, ó en la forma que se considere oportuno para lograr dicho resultado, acompañando al efecto los documentos que sean necesarios---------------

   Hacer y practicar en razón de lo expresado y sus incidencias, cuantos actos, gestiones y diligencias sean necesarias y efectuaría S. E. por sí, si estuviera presente-

   y á la esbalilidad y firmeza de lo que en virtud de este poder, hiciere y obrare el expresado D. Tomás de Heredia y Livermore, el Escelentísimo Señor otorgante se obliga con arreglo á derecho.------------------------------------------------------------------------------

   Así lo otorga y firma en unión de los testigos, que lo son presentes á este acto Don Vicente López y Don José Moreno Rodríguez, de esta vecindad, quienes manifiestan no tener tacha legal para serlos.---------------------------------------------------------

   Advertidos estos y S. E. del derecho que tienen a leer por sí esta escritura en virtud de la facultad que les concede la Ley, renunciaron a el, por lo cual lo hice  íntegramente yo el Notario que doy fe de conocer al Escelentísimo Señor otorgante y de todo lo contenido en este instrumento público===José de Fontagud Gargollo===Vicente López===José Moreno Rodríguez===Signado===Dr. Mariano García Sancha===-----------------------------------------------------------------------------------------------


NOTAS:
1- La partida de bautismo está tomada de la página en internet del Senado de España.
2- El sello notarial está sacado de un documento que se haya en el Archivo Histórico Nacional.

IHPMalagueñas
Málaga - 2017

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